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16.Mar.09

 
   
 

VIII Premio de Composición Musical “Andrés Gaos”

30 de abril de 2009



Con la finalidad de reconocer el nombre de tan
insigne músico y compositor coruñés y acrecentar
la gran tradición musical de nuestra provincia,
la Diputación de A Coruña convoca el VIII Premio
de Composición Musical “Andrés Gaos”, de acuerdo con las siguientes:

BASES

Primera.

Podrán optar al premio todos los compositores,
cualquiera que sea su nacionalidad.

Las obras que se presenten deben ser inéditas y no premiadas con anterioridad.

Segunda.

Se establece un premio único e indivisible, dotado con 6.500 €.

Esta cantidad está sujeta a las retenciones legales que sean de aplicación.

La Diputación podrá producir y estrenar la obra
premiada, en el plazo de veinticuatro meses desde
la concesión del premio, sin ningún tipo de
compensación económica adicional para el autor.

La Diputación se reserva el derecho del estreno
en el plazo indicado, no pudiendo el autor
programarla o autorizar su programación antes de
que lo haya hecho la Diputación o se hayan
cumplido los veinticuatro meses, salvo autorización expresa de la Diputación.

En el caso de que se realice la grabación o
edición de la obra, deberá hacerse constar que
obtuvo el premio de composición musical “Andrés Gaos”.

Tercera.

Las obras serán de tema y extensión libres.

La plantilla orquestal máxima para la ejecución de las obras será la siguiente:

• 14 violines I
• 12 violines II
• 10 violas
• 9 violonchelos
• 6 contrabajos
• 3 flautas
• 3 oboes
• 3 clarinetes
• 3 fagotes
• 4 trompas
• 3 trompetas
• 3 trombones
• 1 tuba
• 1 timbal + 3 percusionistas
• 1 arpa
• Podrá utilizarse un solista vocal o un solista instrumental.

Cada obra se presentará bajo el sistema de plica,
por lo que se enviará bajo seudónimo, acompañada
de un sobre aparte, en cuyo exterior se hará
constar su título y el seudónimo del autor,
incluyendo en su interior una hoja en la que se
señalen sus datos personales: nombre y apellidos,
nacionalidad, dirección, teléfono de contacto y
correo electrónico. Además se incluirá una
declaración expresa por medio de la cual se
certifique que la obra es inédita y no ha sido
premiada, hasta la fecha de presentación, en ningún otro certamen o premio.

Cuarta.

Los originales se presentarán en el Registro
General de la Diputación y en la forma
establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de
régimen jurídico de las administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común,
indicando en el sobre: VIII Premio de Composición Musical “Andrés Gaos”.

El plazo de presentación comenzará al día
siguiente al de publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia y finalizará el 30 de abril de 2009.

Quinta.

El jurado estará presidido por el presidente de
la Diputación y formarán parte de él: la
diputada-presidenta de la Comisión de Cultura,
Educación y Patrimonio Histórico-Artístico,
cuatro personas de reconocido prestigio en el
ámbito musical y el ganador de la anterior
edición, que podrá ser sustituido por otra
persona en el caso de que no pudiera asistir.

El jurado será nombrado por el Sr. presidente de
la Diputación y actuará como secretario el de la
corporación o el funcionario en el que éste delegue.

La composición del jurado se publicará con
anterioridad a su reunión en el tablón de
anuncios y en la página web de la Diputación, con
el fin de que se puedan interponer los recursos legales pertinentes.

Sexta.

Los participantes tienen la obligación de
comunicar a la Diputación la concesión de
cualquier premio que se conceda a la obra
presentada, en el momento en que esta situación
se produzca, lo que dará lugar a su exclusión de este concurso.

El jurado actuará en pleno, en sesión a ser
posible única, siendo necesaria la asistencia de
los dos tercios de sus miembros; sus
deliberaciones serán secretas y de ellas se
redactará el acta correspondiente. A los efectos
de la válida constitución del jurado, será de
aplicación lo dispuesto en el art. 26.1 de la Ley
30/1992 de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El jurado no podrá declarar desierto el premio y
su propuesta será objeto de resolución de la
Presidencia de esta Diputación, que es el órgano
competente para resolver el premio.

El fallo del jurado tendrá lugar en el segunda
quincena de junio del año 2009 y se dará a
conocer en el tablón de anuncios y en la página
web de la Diputación, así como a través de los medios de comunicación.

La plica correspondiente a la obra que resulte
finalista podrá ser abierta por el secretario del
jurado con el fin de que, si su autor lo permite,
pueda darse a conocer su nombre.

Séptima.

No se devolverán las partituras presentadas no
premiadas que, a partir del día del fallo del premio, serán destruidas.

Octava.

La participación en esta convocatoria supone la
total aceptación de estas bases.

Mayor información: E-mail:
diputacion@dicoruna.es
• Web:
http://www1.dicoruna.es/cultura/premios/index.htm


 

 

 
       

 

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