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  La zona arqueológica de Zazacuala  
     
 

Más  de 2600 años de historia fueron borrados por la brutal destrucción de la denominada Ciudadela" en la zona arqueológica de Zazacuala

 
     
     
  Zazacuala, importante zona arqueológica hidalguense

 

 

 ¿Conoces la zona arqueológica de Zazacuala?

 

coordenadas donde se localiza

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tulancingo de Bravo Hgo., a 10 de octubre del 2011

 

Más  de 2600 años de historia fueron borrados por la brutal destrucción de la denominada “Ciudadela" en la zona arqueológica de Zazacuala,  municipio de Santiago Tulantepec en el Estado de Hidalgo.

Máquinas retroexcavadoras arrasaron con escalinatas, pisos y plataformas de construcción Teotihuacana. Pese a los llamados de auxilio de vecinos y algunos ciudadanos, la tarde del lunes 4 de octubre,  a la Presidencia  Municipal de Santiago y al INAH  para detener  los destrozos, la respuesta fue tardía, argumentaron no encontrar nada, sin embargo cuando llegaron los arqueólogos a las 12 hrs del día 5 de octubre se pudo observar la gravedad de la afectación a los monumentos del sitio, quedaron esparcidos restos de osamentas, urnas y otros objetos,  lo que hace presumir que se trataba de entierros y ofrendas funerarias, más de una hectárea de demolición además del daño reciente a otras 3 construcciones prehispánicas afectadas.

El individuo  que causó el daño  se ha dedicado a la venta y acarreo de piedra prehispánica  junto con la complacencia de las autoridades municipales de Santiago Tulantepec  y la tibieza INAH  ya que en diferentes ocasiones se han hecho las denuncias correspondientes  y todo queda en la impunidad.

Zazacuala es una importante zona arqueológica, de 4 km. cuadrados se ubica en un cerro que es una gran lengua de origen volcánico, de enormes dimensiones tanto físicas como históricas estudiada por Cesar Lizardi Ramos, Florencia Müller, Ricardo Martínez, Margarita Gaxiola,  Elizabeth y Michel Snow.

Zazacuala a large ceremonial site located on the top and eastern slope of a thick lava is flow about four kilometers south of Tulancingo, not far to the east of the Tulancingo- Santiago Tulantepec highway. The ceremonial area is quite as large as that of Huapalcalco but the characteristic building patterns are quite different…”           Snow.

“El sitio fue ocupado en el formativo medio tardío 600 a 800 a.C. y atestigua una ocupación continua hasta  la conquista, pasando por épocas de: Chupícuaro, Teotihuacana, Tolteca y Mexica. Ésta zona ocupa 4 km2., es un lugar sorprendente y de gran importancia por su extensión…”   Mateo Wallrath.

Aunque está protegida la zona por Decreto de 1987 del Gobierno del Estado de Hidalgo como Parque Urbano de Reserva Ecológica no se ha implementado ningún plan o programa para protegerla.

Desde 1990 se ha solicitado a las diferentes administraciones municipales su intervención para detener  el acarreo de piedra del lugar también denominado El Pedregal, como el de la construcción de viviendas  en ese lugar si ningún éxito.

Un proceso administrativo y una multa es toda la sanción que recibirá este destructor. A los funcionarios de los tres niveles poco les importó ya que a pesar de la gravedad del hecho no presentaron la denuncia penal ante el MP Federal .La LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS Y SU REGLAMENTO, declara:

Capítulo VI. De las Sanciones

Artículo 52  Al que por medio de incendio, inundación o explosión dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de dos a diez años  y multa hasta  el valor del daño causado.

Al que por cualquier otro medio dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le   impondrá prisión de uno a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.

Se argumenta que si son terrenos de propiedad privada  pueden hacer lo que quieran los propietarios y que se necesita una declaratoria, esta ley señala:

Capítulo III. De los Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Artículo 27. Son propiedad de la Nación, inalienable e imprescriptible los monumentos arqueológicos muebles e inmuebles.

Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo  5. Son Monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y zonas de monumentos los determinados expresamente en esta ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte.

Total a las autoridades poco les importó, hay miles de sitios arqueológicos todos maravillosos e irrepetibles.

ATENTAMENTE

RESCATE DEL ACERVO CULTURAL DEL VALLE DE TULANCINGO; ASOCIACIÓN DE MUJERES EN MOVIMIENTO; COPECUT, A. C.; integrantes  de la Red de Asociaciones de la Sociedad Civil del Estado de Hidalgo; TULANCINGO CULTURAL, CULTURALCINGO, A.C.; UNIÓN LATINOAMERICANA DE ESCRITORES ULATE.

 

 

 

 

     

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